VI INTEGRACION CORDEMO
SAN ANDRES ISLAS AGOSTO 13 AL 18 DE 2025
NORMAS GENERALES PARTICIPACION
CAPITULO I. DE LA FECHA Y LA SEDE
Artículo 1º. Que el Comité Ejecutivo de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos “CORDEMO”, por medio de la Resolución N°003 de 29 marzo de 2025, definió realizar la VI Integración CORDEMO; Las justas deportivas se realizarán del 13 al 18 de agosto de 2025 en la ciudad de San Andrés Islas.
CAPITULO II. DE LOS OBJETIVOS
Artículo 2º. La VI integración CORDEMO tiene como objetivos los siguientes:
a.Estrechar los lazos de amistad y compañerismo, en busca de la integración de los servidores públicos, contratistas y todos los que de alguna manera ejecutan labores para las administraciones departamentales y municipales del país y sus entes descentralizados.
b.Proporcionar a las delegaciones un ambiente idóneo, sano y de proyección para el descanso físico, mental y espiritual por medio de la práctica deportiva.
c.Crear conciencia deportiva entre los servidores de la administración pública, fundamentada en los principios de solidaridad y respeto mutuos.
d.Propiciar por medio de la expresión del deporte, la optimización de condiciones necesarias para el normal desempeño de nuestra vida diaria.
e.Impulsar el mejoramiento de la calidad laboral y calidad de vida de los empleados afiliados y su núcleo familiar.
CAPITULO III. DE LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN
Artículo 3º. La organización y dirección de VI Integración CORDEMO estará a cargo del Comité Ejecutivo de Cordemo, donde a cada uno de sus integrantes se les asignará una disciplina de la cual será el responsable por su ejecución. Este comité ejecutivo hará las veces de la comisión técnica de la misma.
CAPITULO IV. DE LAS DISCIPLINAS DEPORTIVAS
Artículo 4º. Los deportes incluidos en la VI integración CORDEMO son:
Baloncesto, Dominó, Fútbol, Fútbol de Salón, Minitejo, Sapo, Sófbol, Voleibol y Voley Playa
CAPITULO V. DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 5º. Podrán participar en la VI integración CORDEMO en cada uno de los deportes oficialmente programados, los servidores públicos que estén debidamente posesionados en su cargo e igualmente los que están vinculados mediante contrato de trabajo (Trabajadores oficiales), contratistas (OPS o consultoría), los Concejales y Diputados, los jubilados y pensionados de los Entes Territoriales del país y sus entes descentralizados.
La participación de los entes territoriales se realizará mediante inscripción oficial realizada ante CORDEMO por intermedio del delegado de cada Departamento o Municipio en ninguna circunstancia se permitirá participaciones a título personal.
CAPITULO VI. DE LAS INSCRIPCIONES
Artículo 6º, deberán inscribir el equipo de la disciplina en las planillas previstas para tal fin, las cuales serán entregadas por CORDEMO.
Planilla de inscripción por deporte donde se relacione los nombres y apellidos de los participantes, el número del documento de identidad. NOTA: Es de carácter obligatorio llenar todos los campos de la planilla.
Artículo 7º. El proceso de inscripción para participar en la VI integración CORDEMO, se realizará enviando la planilla diligenciada de las disciplinas.
CAPITULO VII. DE LAS NORMAS GENERALES DE COMPETENCIA
Artículo 8º. Los torneos en cada deporte y rama de la VI integración CORDEMO será organizados y dirigidos por el Comité Ejecutivo de CORDEMO.
Artículo 9º. Cada torneo de los juegos se desarrollará de acuerdo con la programación, horarios y escenarios que asigne el Comité Ejecutivo de CORDEMO. Así mismo, definirá la fecha, hora y lugar para los partidos y pruebas que por fuerza mayor no puedan realizarse de acuerdo con la programación oficial.
Parágrafo: Se entiende por fuerza mayor las siguientes eventualidades.
⮚Imposibilidad técnica del escenario a criterio del juez.
⮚Falta de garantías ocasionadas por el personal externo a los juegos, a juicio del Comité Organizador.
⮚Falla comprobable en el transporte programado por el Comité Organizador.
⮚Ausencia total de los jueces designados para la competencia.
Artículo 10º. La regulación técnica en cada deporte será la definida para la VI integración CORDEMO
Y los aspectos no contemplados en esta se regirá con la reglamentación de los torneos o competencias oficiales acogidos por las Federaciones Nacionales de la respectiva disciplina deportiva.
Artículo 11º. Los deportistas competidores deberán presentarse, mínimo treinta (30) minutos, antes de la hora oficial programada, para el inicio de la competición, uniformados y con la implementación requerida para su deporte y su respectiva Cedula la cual debe ser presentada a los jueces.
Artículo 12º. Deportista o equipo que no cumpla con lo reglamentado en los artículos 12, 13 o lo contemplado en el reglamento específico de su deporte, se declarará perdedor por W-O. (Walk out)
Artículo 13º. Para que un torneo, competencia o prueba tenga validez dentro de la VI integración CORDEMO, deberán inscribirse oficialmente mínimo tres (3) delegaciones (entiéndase como delegación Ente Territorial inscrito), en su defecto ésta se declarará desierto y no se realizará el torneo
Artículo 14º. Será responsabilidad de los entes territoriales participantes el tema de la EPS y ARL de su delegación.
Artículo 15º. El Comité Ejecutivo otorgará la siguiente premiación:
⮚Al Campeón de cada rama por disciplina: Trofeo.
⮚Al primero, segundo y tercer lugar en cada modalidad: Medallas de oro, plata y bronce respectivamente.
Artículo 16º. Los aspectos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos con plena autonomía por el Comité Ejecutivo de CORDEMO.